Santa Cruz amplía las bonificaciones para la tasa de residuos ante la nueva normativa

Santa Cruz de Tenerife, 29 de septiembre de 2026.

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha incorporado y actualizado distintas bonificaciones en la tasa de gestión de residuos de competencia municipal, con el objetivo de contemplar las diferentes circunstancias de las familias, los inmuebles y las actividades económicas, así como fomentar la separación y el reciclaje de residuos.

La modificación de la ordenanza, que adapta la regulación municipal al marco establecido por la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, mantiene algunas de las bonificaciones ya existentes e incorpora nuevas reducciones vinculadas a situaciones como las viviendas desocupadas, los inmuebles sin actividad económica o el reciclaje de materia orgánica.

El alcalde de Santa Cruz, José Manuel Bermúdez, señala que “la nueva regulación incorpora diferentes mecanismos para que la aplicación de la tasa tenga en cuenta circunstancias concretas de las familias y de los inmuebles, al tiempo que introduce incentivos para promover comportamientos que contribuyen a una mejor gestión de los residuos”. Bermúdez recuerda que “esta adaptación responde al nuevo marco establecido por la legislación estatal y, dentro de las posibilidades que permite esa normativa, que no compartimos pero que nos vemos obligados a aplicar, desde el Ayuntamiento hemos incorporado bonificaciones dirigidas a situaciones económicas, familiares y sociales específicas, además de incentivos vinculados al reciclaje”.

Por su parte, el concejal de Hacienda, José Alberto Díaz-Estébanez, destaca que “hemos mantenido aquellas bonificaciones que ya estaban contempladas y hemos incorporado otras nuevas, de manera que el sistema contemple circunstancias como la vivienda desocupada, la ausencia de actividad económica o la separación de materia orgánica”.

Bonificaciones para las viviendas

En el caso de los inmuebles de uso residencial, la nueva ordenanza mantiene la bonificación por distancia al contenedor. Así, las viviendas situadas a una distancia de entre 200 y 300 metros de los contenedores tendrán una bonificación del 50 %, mientras que aquellas situadas a 300 metros o más podrán beneficiarse de una reducción del 100 %.

En el caso específico del Parque Rural de Anaga, se mantiene una bonificación del 50 % para las viviendas situadas entre 150 y 300 metros de los contenedores.

También se mantiene la bonificación del 50 % para las familias numerosas especiales.

La nueva regulación establece, además, una bonificación del 50 % en función del nivel de renta, que sustituye a la anterior bonificación por incapacidad económica. El documento establece como requisito que los ingresos no superen tres veces el IPREM en 14 pagas.

Como novedad, se incorpora una bonificación del 25 % para las viviendas desocupadas. Para acceder a ella será necesario presentar una declaración responsable del propietario o titular catastral en la que se indique que no reside ningún habitante en el inmueble, junto con la documentación exigida por la ordenanza para acreditar esta situación. Esta bonificación tendrá una duración de dos años y podrá renovarse por períodos iguales.

Asimismo, se incorpora una nueva bonificación del 10 %, que se aplicará a partir de 2027, por separación y recogida de residuos de materia orgánica. Se atribuirá a aquellas personas que hayan obtenido la correspondiente llave, tarjeta electrónica u otro dispositivo de acceso al contenedor de materia orgánica, sin que se tenga en cuenta el número de ocasiones en las que se haya utilizado.

Bonificaciones para actividades económicas e inmuebles no residenciales

La ordenanza también establece diferentes bonificaciones para los inmuebles de uso catastral no residencial. La bonificación por autogestión de residuos se establece en el 25 %.

Asimismo, se incorpora una bonificación del 25 % para los inmuebles sin actividad económica o profesional, previa acreditación de las condiciones establecidas en la ordenanza. Al igual que en el caso de las viviendas desocupadas, este beneficio fiscal tendrá una duración de dos años, renovable por períodos iguales.

También se incorpora para los inmuebles no residenciales la bonificación del 10 % por reciclaje de materia orgánica, vinculada al acceso al contenedor correspondiente mediante llave, tarjeta electrónica u otro dispositivo.

En el caso de los inmuebles con uso religioso destinados exclusivamente a lugares de culto, la nueva ordenanza establece una bonificación del 95 %.

Díaz-Estébanez señala que “en el ámbito no residencial también se han incorporado mecanismos para contemplar situaciones específicas, como los inmuebles que no tienen actividad económica, y se mantiene el incentivo al reciclaje de materia orgánica”. [Ayto. Santa Cruz de Tenerife]

El Alisio - Noticias de las Islas Canarias
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