La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha emitido un demoledor informe jurídico contra la normativa canaria de viviendas vacacionales que exige a los propietarios de estas que presente una comunicación previa de actividad clasificada ante su Ayuntamiento, además de la declaración responsable de inicio de actividad que ya habían presentado ante el Gobierno de Canarias. Esta doble exigencia (declaración responsable + comunicación previa) es contrario a la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía para la Unidad de Mercado. Así de rotundo es el informe UM/045/26 VUT CANARIAS.
Dicha conclusión se alcanzó por la CNMC tras la denuncia presentada por la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional ASCAV por considerar que la normativa canaria es contraria a la norma básica estatal que impide la exigencia de dos títulos habilitantes para el ejercicio de la misma actividad. Por este motivo, la CNMC afirma que “concurre un obstáculo o barrera relacionados con la aplicación de la Ley General de la Unidad de Mercado, consistente en la vulneración del principio de simplificación de cargas del Artículo 7 de la LGUM”.
ASCAV insiste, como viene denunciando desde hace más de 2 años, que la piedra angular de la erradicación de las viviendas vacacionales que persigue la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias, siempre se ha instrumentalizado a través de la exigencia del requisito de la actividad clasificada, de imposible cumplimiento para los propietarios.
La gravedad del asunto se ha multiplicado tras la aprobación de la Ley 6/2025 de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Vivienda en Canarias, modificada por la Ley 7/2026, para la agilización de la tramitación de licencias urbanísticas y el impulso de la construcción de viviendas, que concede un plazo de un año (hasta el 31 de julio de 2027) para que, aquellos propietarios que no hayan solicitado la actividad clasificada, puedan hacerlo hasta esa fecha.
Pero esto que parecía una salida para los propietarios (al concederles un año para presentar esa comunicación previa de actividad clasificada) se ha convertido en una auténtica arma arrojadiza pues los Ayuntamientos están resolviendo con carácter negativo (y por tanto impidiendo la continuación de la actividad de vivienda vacacional) por aplicación de la nueva Ley 6/2025 (aunque la actividad se viniese desarrollando con anterioridad).
En el último pleno del Parlamento de Canarias celebrado el pasado 22 de julio de 2026, el presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, anunció que a partir de este mes de septiembre trabajarán en un Decreto Ley con el objetivo principal de arrojar claridad sobre la exigencia de actividad clasificada, que, a día de hoy, casi ningún propietario particular de vivienda vacacional puede cumplir, por lo que, estaremos muy atentos a la evolución de estos cambios, esperando y deseando que permitan que miles de familias puedan continuar con seguridad jurídica el arrendamiento de sus inmuebles como un complemento necesario para el bienestar y supervivencia de los suyos. [ASCAV]
