Santa Cruz de Tenerife, 18 de septiembre de 2026.
El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife comenzará este domingo, 20 de septiembre, la puesta a disposición de las notificaciones correspondientes a la tasa de recogida y tratamiento de residuos a aquellos contribuyentes que todavía no hayan abonado este tributo.
Desde esa fecha, las personas contribuyentes podrán acceder a la notificación a través de la Sede Electrónica municipal, aunque no estén obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración. En este caso, podrán consultar la comunicación, validarla y darse por notificados mediante su firma electrónica, momento a partir del cual comenzará a contar el periodo voluntario de pago.
De forma paralela, las notificaciones se remitirán en formato papel a los domicilios de los contribuyentes. Al tratarse de un volumen aproximado de 65.000 notificaciones, que se tramitarán mediante remesas, el proceso de distribución se desarrollará de manera progresiva.
Asimismo, las personas contribuyentes podrán acudir a las Oficinas de Información y Atención a la Ciudadanía (OIAC) para solicitar su notificación o pedirla a través del sistema de atención en línea habilitado por el Ayuntamiento. En aquellos casos en los que la notificación electrónica y la postal no se reciban al mismo tiempo, el plazo comenzará a contar desde la primera notificación que el contribuyente abra y por la que se dé por notificado.
El alcalde de Santa Cruz, José Manuel Bermúdez, señala que el cambio en el calendario de cobro responde a la voluntad del Consistorio de ofrecer más margen a la ciudadanía ante la aplicación de la nueva tasa. “Hemos decidido trasladar el cobro de la tasa de residuos al segundo periodo para facilitar el pago a las familias, especialmente en un ejercicio en el que el nuevo sistema de cálculo ha supuesto un incremento del recibo para muchos hogares. Queremos que los contribuyentes dispongan de más tiempo para conocer el importe que les corresponde y puedan organizar el abono de esta obligación con mayor tranquilidad”, explica.
Este año, de manera excepcional, la tasa de residuos de las viviendas se incorpora al segundo periodo de cobro de los tributos municipales, que hasta ahora estaba destinado principalmente a las obligaciones tributarias correspondientes a empresas. Habitualmente, este recibo se incluye en el primer periodo de pago, entre los meses de mayo y junio, junto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el impuesto sobre vehículos y las tasas por vados, reservas de aparcamiento y cajeros automáticos.
La decisión de trasladar el cobro de la tasa de residuos al segundo periodo responde al objetivo del Ayuntamiento de facilitar a las familias el cumplimiento de esta obligación tributaria, especialmente ante el incremento que ha experimentado este año el importe del recibo, situado en torno al 50% de media, como consecuencia de la aplicación de la nueva normativa estatal en materia de residuos.
Bermúdez expone que la aplicación de esta tasa responde a una obligación establecida por la normativa estatal. “El Ayuntamiento está obligado a aplicar una normativa estatal que modifica de manera sustancial el sistema de financiación de la gestión de los residuos. Nuestra responsabilidad es hacer que su aplicación sea lo más sencilla posible para la ciudadanía y adoptar todas aquellas medidas que estén a nuestro alcance para reducir su impacto”, añade.
El alcalde recuerda que “en Santa Cruz siempre hemos apostado por una baja fiscalidad como forma de atraer inversión y crear empleo, y los datos así lo demuestran, pero en el caso de la tasa de basura, que llevábamos años sin modificar, nos hemos visto obligados a hacerlo por una imposición estatal que no compartimos, ni nosotros, ni muchos otros municipios españoles”.
La nueva tasa deriva de la aplicación de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que obliga a los municipios a adaptar sus sistemas de financiación de la gestión de los residuos. El nuevo modelo incorpora, entre otros criterios, el valor catastral de la vivienda y el número de personas empadronadas, por lo que el importe final varía en función de las características de cada inmueble.
Por su parte, el concejal de Hacienda, José Alberto Díaz-Estébanez, explica que “a partir del 20 de septiembre comenzaremos a enviar las cartas de pago a las personas que todavía tienen pendiente el abono de la tasa. Es importante recordar que el plazo no comienza para todos el mismo día, sino desde la recepción de la notificación, por lo que cada contribuyente debe comprobar la fecha en la que recibe su carta y el plazo que figura en ella”, señala.
Díaz-Estébanez destaca, además, que el traslado del recibo al segundo periodo se ha planteado como una medida para facilitar la gestión del nuevo tributo. “Hemos querido ofrecer más margen a los contribuyentes ante una tasa que este año presenta un importe superior para muchos hogares. El objetivo es que puedan afrontar el pago con más tiempo y conociendo de forma precisa la cantidad que deben abonar”, afirma.
El edil recuerda también que este ejercicio no se aplicará la domiciliación bancaria ni la bonificación del 5% asociada a ella. “Las domiciliaciones, tanto las nuevas como las que estuvieran vigentes de ejercicios anteriores, tendrán efecto a partir de 2027. Este año, por tanto, los contribuyentes deberán atender el recibo mediante las modalidades de pago que se indiquen en su notificación”, precisa.
El Ayuntamiento, además, ha establecido distintos criterios y factores correctores con el objetivo de distribuir el coste de la tasa de la manera más equitativa posible, atendiendo a las diferentes circunstancias contempladas en la ordenanza, y ha aplicado asimismo las bonificaciones previstas legalmente para determinados supuestos.
Plazos de pago según la fecha de recepción
El Ayuntamiento recuerda que el plazo de ingreso en periodo voluntario no será el mismo para todos los contribuyentes, sino que dependerá de la fecha en la que se practique la notificación, de acuerdo con lo establecido en la Ley General Tributaria.
Así, cuando la notificación se reciba entre los días 1 y 15 de cada mes, el plazo para efectuar el pago finalizará el día 20 del mes siguiente o, si este no fuera hábil, el inmediato día hábil posterior.
En el caso de las notificaciones recibidas entre el día 16 y el último día del mes, el periodo voluntario finalizará el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, el inmediato día hábil siguiente.
De esta forma, el Ayuntamiento recomienda a los contribuyentes consultar la fecha de recepción de su notificación y atender al plazo concreto que figure en la carta de pago.
La incorporación de la tasa de residuos de las viviendas al segundo periodo de cobro se suma al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que es el tributo municipal que se encuentra habitualmente incluido en esta segunda fase del calendario fiscal.
El periodo de pago voluntario correspondiente a este ejercicio se extiende del 15 de septiembre al 23 de noviembre de 2026.
El Ayuntamiento recuerda que toda la información relativa a la tasa, los plazos de pago, las bonificaciones y los canales de atención puede consultarse a través de los medios oficiales municipales. [Ayto. Santa Cruz de Tenerife]
