El Cabildo aprueba una línea de subvenciones de 700.000 euros para garantizar la actividad de las protectoras de animales

El Consejo de Gobierno aprobó hoy (miércoles 11) esta medida, destinada a financiar los gastos corrientes generados por las entidades de protección animal con centros de protección animal y entidades gestoras de las colonias felinas. 

11 de marzo de 2026. – El Cabildo aprobó hoy (miércoles 11), durante el Consejo de Gobierno, la puesta en marcha de una línea de subvenciones, de concurrencia no competitiva, que con una dotación que asciende a los 700.000 euros, persigue garantizar la actividad de las protectoras de animales de Tenerife.

Esta medida tiene la finalidad de financiar los gastos corrientes generados por los refugios y centros de acogida de animales de la isla, para el normal desarrollo de su actividad.

Las protectoras que, cumpliendo los requisitos, concurran a esta línea de subvenciones recibirán el abono anticipado. El periodo subvencionable se extiende desde el 1 de junio de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026.

Marco legal para la protección de los derechos y el bienestar de los animales

La cuantía de la subvención se calculará proporcionalmente al presupuesto de gasto aprobado para cada entidad.

Desde el punto de vista normativo, la entrada en vigor de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar animal, sigue configurando un marco estatal que atribuye nuevas competencias y obligaciones a cabildos y ayuntamientos. Sin embargo, muchos municipios aún no disponen de los medios materiales y humanos necesarios para asumir plenamente estas responsabilidades, lo que incrementa la dependencia de las entidades de protección animal para la captura, atención y albergue de animales abandonados.

Es precisamente en este contexto, en el que el Cabildo de Tenerife se marca como objetivo coordinar e impulsar actuaciones en los diferentes municipios, para que las acciones que se desarrollen a nivel municipal sean eficaces y ajustadas a la normativa vigente, evitando desigualdades entre municipios y asegurando que las actuaciones en materia de bienestar animal se desarrollen con criterios comunes.

Tal como se ha expuesto en el párrafo anterior, tanto la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, como la Ley 8/1991 de bienestar de los animales, atribuyen a los ayuntamientos en primer término, la competencia en materia de recogida, atención y gestión de animales abandonados. No obstante, la realidad insular es que los ayuntamientos no disponen de los medios materiales, infraestructuras ni personal suficiente para asumir estas obligaciones de manera eficaz. Esta limitación les obliga a recurrir a entidades de protección animal que cuentan con centros autorizados con los recursos humanos y técnicos necesarios para garantizar el alojamiento, cuidado y atención adecuados de los animales abandonados.

El papel de las entidades de protección animal

Durante el ejercicio anterior, las entidades de protección animal desempeñaron un papel fundamental en la atención y gestión de animales abandonados, demostrando una notable capacidad para absorber la carga derivada de esta problemática. La experiencia acumulada confirma la necesidad de mantener y reforzar las líneas de apoyo económico destinadas a estas entidades, dado que su labor resulta esencial para complementar las competencias municipales y garantizar una respuesta eficaz en todo el territorio insular.

De esta forma, el Consejo de Gobierno de hoy aprobó las bases para el acceso a estas subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a entidades de protección animal con centros de protección animal y entidades gestoras de las colonias felinas, con el objetivo de fomentar y promover las actuaciones realizadas por las entidades de protección animal que cumplan los requisitos de la convocatoria, que consisten en estar debidamente constituidas e inscritas en el registro de asociaciones, cumplir con los requisitos que exige la ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales y cumplir los requisitos recogidos en el artículo 13 de la ley 38/2003 (estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Administración Tributaria Canaria, el Cabildo de Tenerife y la Seguridad Social), entre otros.

Modelo de solicitud y bases

Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de Tenerife e irán debidamente firmadas por el representante de la entidad. El modelo de solicitud y las bases se encuentran a disposición de los interesados en la sede electrónica del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife (https://sede.tenerife.es/).

Asimismo, podrán solicitar información sobre las mismas a través de los teléfonos de información al ciudadano 901 501 901 y 922 23 95 00, en horario general de lunes a domingo de 07:00 a 23:00 horas. [Cabildo de Tenerife] [Cabildo de Tenerife]

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